La Plataforma para la Defensa de la Función Pública Andaluza, con la que FEDECA ha mantenido constantes contactos, nos remite la primera sentencia en la que el TSJ de Andalucía estima un recurso de protección de derechos fundamentales anulando la norma que pretendía la funcionarización, sin proceso selectivo, de 534 laborales, personal anteriormente dependiente del Instituto Andaluz de las Artes y las Letras, convertido después en Agencia.
Sobre la invocación del EBEP, la Sala pone de manifiesto que no se puede integrar en la función pública a quien no ha superado las correspondientes pruebas de acceso, basadas en los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.